496 336 n Creo conveniente señalar que, en forma prevía a dicha incidencia, la Sala IV de la Cámara Nacional de Casación Penal había anulado el sobreseimiento que, respecto de M .. se había dictado en la instancia anterior, por lo que dispuso el reenvío de las actuaciones para el dictado de un nuevo pronunciamiento; contra esa decisión se interpuso recurso extraordinario federal que fue declarado mal concedido por Y.E..
Cabe destacar que, en dicha oportunidad, en el voto en disidencia del doctor Zaffaroni se puso de manifiesto la posibilidad de encontrarse prescripta la acción penal (ver fojas 1654/1660 y 1694/1700 del presente; y Tejas 81/87 y 115/117 del expediente CS M.615.XLI[ caratulado "M , Mareclo Augusto sírecurso de casación" que corre por cuerda).
En tales condiciones, la cámara federal -con una nueva integración- dictó la resolución del 7 de noviembre de 2007, antes mencionada, que declaró extinguida la acción penal respecto de Madina ver fojas 1793/1797 vía) que fue impugnada por el fiscal ante dicha instancia (fojas 1801/1808 vra.).
Al presentar el memorial del artículo 466 del Código Procesal Penal de la Nación, la defensa expresó su rechazo al recurso de casación interpuesto y alegó que se encontraba afectada la garantía constitucional de obtener un pronunciamiento judicial en un plazo razonable, por lo que invocó la doctrina originada a partir del precedente "Mattei" (Fallos: 272:188 ) y la vinculó con la relación existente entre la duración razonable del proceso y la prescripción de la acción penal.
Asimismo. se refirió a las circunstancias de la causa para explicar porqué la prolongación de su trámite devenía excesiva (ver escrito de fojas 1842/1848).
En la resolución cuestionada del 4 de febrero de 2011, el a que. también con mueva integración, considerú en su voto mayoritario que. a partir del nombramiento del imputado como magistrado en la justicia provincial, se habia mantenido incélume su calidad de funcionario público, lo que hacía operar la suspensión de la
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Año: 2013, CSJN Fallos: 336:496
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