336 1127 por quien corres se dicte un nuevo pronunciamiento con arregl. Ía doctrina aquí bxpuesta. Notifíquese y cúmplase.
ZA
RICARDO LUIS LORENZETTI ZA
Y — ELENAI.HIGHTON de NOLASCO Recursos de hecho interpuestos por Gustavo Carranza Latrubesse, por su propio derecho y por el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, representado por el Dr. Fernando Gago, Tribunal de origen: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, Sala V.
Otros tribunales intervinientes: Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal n° 5; Corte Suprema de Justicia de la Náción.
ESTADO MAYOR GENERAL DE EJERCITO
C/ BUENOS AIRES, PROVINCIA DE
$/ ACCIÓN DECLARATIVA
DONACION
Corresponde rechazar la demanda promovida por el Estado Nacional -Estado Mayor General de Ejército- en los términos del art. 322 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación contra la Provincia de Buenos Aires a fin de que se confirme su titularidad de dominio respecto de dos inmuebles afectados a la defensa nacional que fueron donados si la provincia demandada revocó la oferta de donación mediante un decreto antes de que fuera aceptada expresamente por el donatario -Estado Nacional- mediante una resolución y escritura pública del mismo año, por lo que el donante pudo -en virtud de la regla genérica del art. 1792 del Código Civil- revocar válidamente la promesa de donación que todavía no había sido aceptada por el donatario.
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Año: 2013, CSJN Fallos: 336:1127
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