FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 14 de febrero de dol.
Vistos los autos: "Koch, Lilian Mercedes c/ PEN - ley 25.561 - dtos. 1570/01 214/02 (Boston - Citi) s/ amparo sobre ley 25.561".
Considerando:
1) Que a fs. 2/13 la actora, nacida el 14 de abril 1925, inició una acción de amparo a fin de que se declare la inconstitucionalidad del artículo 15 de la ley 25.561 y modificatorias, y de los decretos 1570/01, 214/02 (arts. 1, 2, 4, 9", 10 y 12) y 320/2002 (art. 3) en cuanto dispusieron el congelamiento compulsivo de los fondos depositados en plazo fijo, impidiendo de hecho la libre disponibilidad de la totalidad de los mismos.
A su vez, reclamó la diferencia originada en depósitos a plazo fijo, fondo común de inversión, caja de ahorro e incluso bocones previsionales inicialmente constituidos en dólares que fueron previamente pesificados.
Aduce que la demanda no fue deducida con anterioridad en virtud de los graves problemas de salud propios y los de su marido —nacido el 19 de octubre de 1914-, conforme se deáprende la prueba documental oportunamente acompañada.
2) Que el juez de primera instancia desestimó "in limine" la acción de amparo presentada, al considerar que de acuerdo a lo denunciado por la propia amparista, aquélla pesificó y dispuso voluntariamente la totalidad de los fondos depositados en las entidades bancarias, y no manifestó disconformidad ni formuló reserva alguna, dentro de un plazo razonablemente oportuno.
3) Que la Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, al confirmar lo decidido en la instancia anterior, aplicó el criterio fijado por
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Año: 2012, CSJN Fallos: 335:45
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