tual la actora "no tiene la obligación de adecuar su conducta al art. 161 de la ley 26.522 ni a los plazos previstos en las normas reglamentarias y complementarias, dictadas o que se dicten en consecuencia". Agrega que lo expresado significa que las actoras tienen en suspenso "tanto su obligación de desinvertir según las disposiciones de la ley 26.522..como el curso del plazo de un año que la norma estableció (complementada por las disposiciones reglamentarias) que no ha comenzado a correr". Concluye la alzada en este punto sosteniendo que si bien el término para la adecuación general a la ley 26.522 ha vencido, respecto de las empresas actoras su curso está suspendido y que "..ello significa que la parte actora no puede estar incursa en incumplimientos derivados de ese vencimiento, que no le es aplicable y que no está expuesta, por ende, a sus consecuencias".
Al decir que entra a conocer del "fondo del asunto" considerando 4), la cámara invoca ponderar la modificación de las circunstancias de hecho o de derecho existentes tanto al momento del fallo de esta Corte del 22 de mayo de 2012, como del juez de primera instancia. En este sentido, sostiene que ha desaparecido el riesgo de desequilibrar los derechos federales en juego, ya que esa duda razonable que existía al inicio de la causa ha desaparecido en la actualidad ante el avance del procedimiento en primera instancia, al haber concluido la etapa de los alegatos, pareciendo inmediato el dictado de una sentencia, como lo ordenó la Corte Suprema en su resolución del 27 de noviembre de 2012. Luego de afirmar que las vicisitudes suscitadas en primera instancia con la intervención del tercero, así como las recusaciones, son ajenas a la conducta de la actora, agregó que es en la etapa próxima al dictado de la sentencia en que la medida cautelar debe desplegar plenamente toda su función de garantizar la eficacia del pronunciamiento que dirima las pretensiones sustanciales. Al realizar el balance de las consecuencias de la decisión, subraya la cámara que el levantamiento de la suspensión cautelar cuando aún no está dirimida la impugnación constitucional contra la obligación de desinvertir, "causaría un perjuicio irreparable pues frustraría los efectos de una even
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Año: 2012, CSJN Fallos: 335:2623
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