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Fallos: 335:2283 de la CSJN Argentina - Año: 2012

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Tribunal de origen: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal.

Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal n' 2.


E., R. G.c/ EDITORIAL LA CAPITAL S.A. s/ Daños y PERJUICIOS

LIBERTAD DE EXPRESION.
Corresponde confirmar la sentencia que hizo lugar a la demanda tendiente a obtener una indemnización por los daños y perjuicios sufridos a raíz de una publicación sino satisface las pautas de la doctrina "Campillay" porque aun cuando el apelante sostiene que en las noticias publicadas se individualizó la fuente, respecto de la nota en la que se afirmó que el delito de abuso sexual de la menor por parte de su padre había quedado "prácticamente probado" se aludió a una resolución del juzgado de menores que había otorgado la guarda de aquella, la editorial no tuvo acceso a las actuaciones judiciales en que estaba involucrado el actor, las notas periodísticas si bien no identificaron al actor y a la menor con nombre y apellido suministraron datos que hicieron fácilmente identificable a aquél y, además, introdujeron frases asertivas.

—Del dictamen de la Procuración General, al que la Corte remite—.

REAL MALICIA.
El agravio referido a que la controversia originada a raíz de las publicaciones donde se habría injuriado y calumniado al actor al acusárselo de haber sido el autor del delito de abuso sexual contra su hija menor debió ser examinada a la luz del estándar de la "real malicia" no es aceptable porque el factor de atribución que exige dicha doctrina (dolo o negligencia casi dolosa) no juega cuando se trata de un ciudadano común, caso en que basta con la acreditación de la simple culpa, aun cuando se considere que el tema sobre el que versaba la nota era de interés público o general.

REAL MALICIA.
El agravio referido a que la controversia originada a raíz de las publicaciones donde se habría injuriado y calumniado al actor al acusárselo de haber sido el autor del delito de abuso sexual contra su hija menor debió ser examinada a la luz del estándar de la "real malicia" no es aceptable porque el factor de atribución que exige dicha doctrina (dolo o negligencia casi dolosa) no juega cuando se trata de

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Año: 2012, CSJN Fallos: 335:2283 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-335/pagina-2283

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