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Fallos: 335:1976 de la CSJN Argentina - Año: 2012

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causa o accionar persiguiendo el restablecimiento de las condiciones alteradas, En este sentido corresponde analizar si en el sub lite se encuentran cumplidos dichos requisitos.

6) Que surge de los contratos obrantes en estas actuaciones suscriptos el 30 de septiembre de 1994 y el 4 de junio de 2003 (conf. sobre obrante en caja A 4418), resoluciones del Directorio del Banco de la Nación Argentina del 21 de julio de 1983 y 24 de julio de 2002 respectivamente, asimismo del relato de la entidad bancaria en su contestación de demanda (fs. 164) y las declaraciones testimoniales obrantes en la causa (fs. 232 y 280, entre otras), que la sucursal del banco demandado con sede en Nueva York cuenta con: a) empleados locales que tienen ciudadanía estadounidense, residencia o permiso de trabajo en los Estados Unidos de América, encontrándose incluidos en la nómina salarial del personal local y b) personal expatriado, esto es empleados de planta permanente de la República Argentina que se designan para cumplir funciones en el exterior. Este personal continúa percibiendo su salario en la República Argentina y además cobra un complemento por ubicación geográfica (conf. resolución del Directorio del Banco Nación del 27 de enero de 1983). En este caso no se produce una desvinculación o ruptura del contrato con la casa central y la relación con el banco está regida por la Ley de Contrato de Trabajo, Convenios Colectivos, el Estatuto para el Personal del Banco de la Nación Argentina y resoluciones del Directorio del Banco.

7) Que en el último contrato suscripto entre el Banco demandado y Del Río del 4 de junio de 2003, se estableció que:

"De acuerdo a la Resolución de la Dirección del Banco, con sede en la Ciudad de Buenos Aires, de fecha 02/11/95 se designó al 'Agente", actual integrante de su dotación efectiva para actuar en calidad de Gerente de la sucursal del Banco en la plaza New York (EE.UU) que implica el desarrollo de funciones de confianza y dirección del Banco en la mencionada Sucursal. Se

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Año: 2012, CSJN Fallos: 335:1976 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-335/pagina-1976

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