Traslado contestado por Jorge Landau y Eduardo G. A. López Wesselhoefft, apoderados del Frente Justicialista para la Victoria, Tribunal de origen: Cámara Nacional Electoral.
Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Federal con competencia electoral de la Provincia de Buenos Aires.
Ministerio Público: Dictaminó el Procurador General de la Nación. Dr. Eduardo Righi.
Recurso de hecho interpuesto por Rafael Víctor Novello, apoderado de la Unión Cívica Radical, con el patrocinio letrado de los doctores Ricardo Gil Lavedra, Félix Loñ y Alicia Cano.
Ministerio Público: Dictaminó el Procurador General de la Nación. Dr. Eduardo Righi.
PERSOGLIA, RAUL ANTONIO — HoMmicibIo CULPOSO AGRAVADO POR
LA CONDUCCIÓN DE UN VEHÍCULO AUTOMOTOR (EXPTE. 597/97)
S/QUEJA POR DENEGACIÓN DEL REC. DE INCONST.
CONCESION DEL RECURSO EXTRAORDINARIO.
Resulta contradictorio el tratamiento dado por el superior tribunal local a la cuestión relacionada con la aplicación de la norma contenida en el art. 27 del Código Penal, ya que sostuvo que el planteo no podía ser tratado en esa instancia porque presentaba deficiencias en su fundamentación pero, por el contrario, al conceder el recurso extraordinario afirmó que la cuestión —alegada en iguales términos- era apta para ser conocida por la vía del art. 14 de la ley 48, ya por estar "suficientemente desarrollada", ya por cumplir satisfactoriamente los recaudos formales o en virtud de tener "trascendencia constitucional", según los distintos votos (Disidencia de los Dres. Lorenzetti, Maqueda y Zaffaroni).
—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la disidencia—.
—La mayoría del Tribunal, jueces Highton de Nolasco, Fayt, Petracchi y Argibay, rechazó el recurso extraordinario por considerarlo inadmisible (art. 280 del
C.P.C.C.N.).
DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:
—I-
La Sala Tercera de la Cámara de Apelación en lo Penal de Santa Fe confirmó la condena de dos años de prisión de cumplimiento efecti
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Año: 2012, CSJN Fallos: 335:1546
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