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Fallos: 335:1531 de la CSJN Argentina - Año: 2012

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—-//-DENCIA DEL SEÑOR MINISTRO DOCTOR DON E. RAÚL ZAFFARONI Considerando:

Que contra el pronunciamiento del Tribunal que desestimó el recurso de queja por no haber cumplido con los recaudos previstos en el art. 1 del reglamento aprobado por la acordada 4/2007, el apelante interpuso recurso de reposición a fs.

290/294.

Que si bien el escrito que contiene el recurso extraordinario no satisface los recaudos establecidos en el art. 1 de la acordada 4/2007, pues ha mediado un exceso en la cantidad de renglones respecto del máximo permitido por la norma, en el caso, tomando en consideración la trascendencia de la cuestión federal en juego y la entidad de los derechos personalísimos involucrados corresponde admitir el planteo de la recurrente.

Por ello, se hace lugar al recurso de reposición de fs.

290/294 y se deja sin efecto el pronunciamiento de fs. 286. Notifíquese.

—X > _ Year.


E. RAUL ZAFFARONI
Recurso de reposición interpuesto por Francisco José Malini Verdu, con el patrocinio del Dr. Daniel A, Stragá.


MONASTEROLO, JORGE RAUL c/ E.N.R.E. s/ DEMANDA CONTENCIOSA
ENERGIA ELECTRICA.
Cabe confirmar la sentencia que rechazó la demanda articulada por una municipalidad de la provincia de Santa Fe contra el Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE), al considerar que no existía relación jurídica alguna entre las partes que resultara fuente de responsabilidad del mencionado ente, pues a

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Año: 2012, CSJN Fallos: 335:1531 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-335/pagina-1531

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