335 dente registrado en Fallos: 331:735 , a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitir, en lo pertinente, por razones de brevedad.
Por ello, oída la señora Procuradora Fiscal: 1) Se rechaza el recurso extraordinario interpuesto por el actor, con costas; 2) Se declara procedente el recurso extraordinario deducido por la demandada y se confirma la sentencia apelada, con costas. Notifiquese Y, pues devuélvase. _.
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CARMEN IBAY
//-DENCIA PARCIAL DEL SEÑOR MINISTRO DOCTOR DON JUAN CARLOS
MAQUEDA
Considerando:
Que el recurso extraordinario interpuesto por el actor no cumple con el requisito establecido en el art. 1 del reglamento aprobado por la acordada 4/2007.
Que los planteos articulados por la demandada en su apelación federal encuentran suficiente respuesta en el precedente registrado en Fallos: 331:735 , a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitir, en lo pertinente, por razones de brevedad.
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Año: 2012, CSJN Fallos: 335:1528
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