FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 7 e agrio de 2012.
Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por el Fiscal General a cargo de la Fiscalía Nacional n" 3 de la Cámara Nacional de Casación Penal en la causa Bruno Pérez, Aldo s/ causa n° 13.794", para decidir sobre su procedencia.
Considerando: Que el Tribunal comparte, en lo pertinente, los fundamentos expuestos por el señor Procurador Fiscal en el dictamen de £s. 58/59 vta. a cuyos términos corresponde remitirse por razones de brevedad.
Por ello, se resuelve: hacer lugar a la queja, declarar procedente el recurso extraordinario y dejar sin efecto el pronunciamiento impugnado. Notifíquese y devuélvanse los autos al tribunal i sus efectos.
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Año: 2012, CSJN Fallos: 335:1429
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