Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 335:1426 de la CSJN Argentina - Año: 2012

Anterior ... | Siguiente ...

tégicas y de mando en las fuerzas de seguridad civil durante la última dictadura pueden conservar un ascendiente sobre la organización criminal formada a su amparo y que sus estructuras de acción dieron sobradas pruebas de poder aun en tiempos recientes.

—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—.

—Los jueces Enrique Santiago Petracchi y Carmen M. Argibay, en disidencia, consideraron que el recurso no había dado cumplimiento a los recaudos establecidos por el art. 7", inc. "c", del reglamento aprobado por la Acordada 4/2007-.


DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:

—I-

La Sala II de la Cámara Nacional de Casación Penal declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por el representante de este Ministerio Público contra la confirmación de la exención de prisión de Aldo Patrocinio B. P. (fs. 15/16 vta.). Igual suerte corrió el recurso extraordinario articulado por el Fiscal General ante aquel tribunal fs. 38 y vta. y 17/37 respectivamente), lo que motivó la presente queja fs. 39/43 vta.) —I-

Si bien es cierto que, como lo sostuvo el a quo para rechazar el recurso federal, V.E. tiene establecido que las cuestiones relativas a la admisibilidad de los recursos locales no son, por regla, revisables en esta instancia extraordinaria (Fallos: 297:52 ; 302:1134 ; 311:926 ; 313:1045 , entre otros), también lo es que tal criterio admite excepción cuando la resolución impugnada conduce, sin fundamentos adecuados, a una restricción sustancial de la vía utilizada que afecta el debido proceso Fallos: 301:1149 ; 312:426 ; 323:1449 y 324:3612 ). Y creo que éste es uno de esos casos de excepción, tal como lo afirma el recurrente (fs. 39 vta./42), máxime cuando lo decidido por la casación, al confirmar la libertad de un imputado por numerosos delitos de lesa humanidad, pone inmediatamente en riesgo los compromisos de la Nación y, por lo mismo, configura un caso de gravedad institucional (G 1162, XLIV, "Guevara, Aníbal Alberto s/causa 8222", de 8 de febrero de 2011).

Nótese que ese tribunal rechazó el recurso de su especialidad con base en dos motivos: primero, dijo que en el escrito no se demostró "cuál sería el agravio actual, dado que no hay título jurídico para privar de

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

43

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 2012, CSJN Fallos: 335:1426 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-335/pagina-1426

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 335 Volumen: 2 en el número: 218 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos