para determinar los importes adeudados en concepto de factor de convergencia y fijó el tipo de cambio a considerar teniendo en cuenta la fecha en que se hubieran registrado las solicitudes de destinación de exportaciones y los intereses a aplicar a la deuda-, y de la resolución 30/03 de la Secretaría de Hacienda —que estableció la forma, plazos y condiciones para cancelar los importes debidos, pues no resulta atendible la alegada violación del principio constitucional de igualdad, por el hecho de que el mismo Poder Ejecutivo Nacional —por medio del decreto 261/02 resolvió devolver el impuesto al valor agregado a los exportadores de manera diferente a lo que resulta del decreto 1043/03, ya que la devolución del IVA se da en el ámbito de las relaciones tributarias, en cambio en el caso se trata de la forma en la que el decreto cuestionado, al amparo de la ley 25.561, regula una deuda derivada de la derogación del régimen del decreto 803/01 que no tiene carácter tributario sino que consiste en un beneficio o estímulo a una determinada actividad.
—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—.
DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:
—I-
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal (Sala II) confirmó la sentencia de primera instancia, en cuanto rechazó la pretensión de la actora de que se declare la inconstitucionalidad del decreto 1043/03 del Poder Ejecutivo Nacional, de la resolución 30/03 de la Secretaría de Hacienda y de sus normas complementarias. Asimismo, ordenó que en la etapa de liquidación se tenga en cuenta que las sumas que se deben devolver se encuentran sujetas a la debida registración de los respectivos permisos de embarque (fs. 316/318).
Para resolver de ese modo, en primer término, la cámara recordó que, por medio del decreto 803/01, el Poder Ejecutivo Nacional estableció un régimen transitorio para el comercio exterior instrumentado por el factor de convergencia, el que fue derogado por el decreto 191/02, por entender que resultaba incompatible con el nuevo marco de política económica implementado a partir de 2002.
En este contexto, el decreto 1043/03 reglamentó el procedimiento para determinar los importes adeudados en concepto de factor de con
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Año: 2012, CSJN Fallos: 335:1265
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