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Fallos: 334:1158 de la CSJN Argentina - Año: 2011

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intoxicación o que afecten de algún modo la salud de la población y el ambiente, con productos agroquímicos en todo el Territorio Nacional" artículo 19); ii) disponga una campaña publicitaria en periódicos locales y nacionales y en medios audiovisuales a fin de informar a la población de todo el país acerca de los efectos negativos del glifosato y del endosulfán, obligando a destinar una partida del presupuesto nacional para financiar esta publicidad durante por lo menos seis meses; iii) a través del Ministerio de Salud de la Nación investigue los daños causados con el glifosato en todo el territorio de la República, en particular en las ciudades y poblados cercanos a los sembradíos de soja transgénica; iv) a través de la comisión referida realice un relevamiento puntual de las personas afectadas por los herbicidas, y v) disponga etiquetar con un certificado que exponencialmente permita advertir las características de los alimentos elaborados con soja transgénica.

Dirige la acción contra el Poder Ejecutivo Nacional (P.E.N.), la Comisión Nacional de Investigación creada en la órbita del Ministerio de Salud (decreto 21/2009) y contra las provincias de Buenos Aires, Córdoba y Santa Fe, en cuyas jurisdicciones se dictaron decisiones judiciales de carácter preventivo prohibiendo en determinados lugares la aplicación de glifosato y endosulfán.

Sostiene que el daño ambiental colectivo habilita la acción de la Asociación, en tanto se encuentra capacitada para representar los intereses de los damnificados y afectados en los términos del artículo 30 de la ley 25.675. Agrega que el sólo peligro o posibilidad de que se desencadenen procesos de adquisición de enfermedades que disminuyanla plenitud de la salud, habilita la legitimación activa de cualquier habitante del entorno ambiental alcanzado por los efectos nocivos de la contaminación.

Relata que hace aproximadamente dieciocho años se inició en el país una técnica agroalimentaria que conllevó el desarrollo de la semilla de soja y describe las condiciones que —según afirma— habrían determinado que los productores se fueran volcando de a poco a la siembra en desmedro de la ganadería.

Señala que la firma multinacional "Monsanto" introdujo en el mercado una semilla mutada genéticamente denominada "SMG", resistente al glifosato, cuya aplicación permite que la soja complete su ciclo sin ningún tipo de maleza ni de plagas o insectos que la perturben, hasta incluso sin necesidad de mucha cantidad de agua.

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Año: 2011, CSJN Fallos: 334:1158 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-334/pagina-1158

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