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Fallos: 333:844 de la CSJN Argentina - Año: 2010

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Por último, todas las notas señalan que se había tomado declaración a los padres de la víctima "quienes no sabían nada de que se iba a realizar un aborto, ni tampoco en dónde se lo hizo", circunstancia que no se desprende de la comunicación del comisario, ni de las declaraciones que habían efectuado los progenitores (fojas 2 y fojas 15 del expediente penal).

Resulta patente entonces que las publicaciones del diario demandado presentaron el caso como uno en el que ya estaba definida la comisión por la occisa de un aborto y restaba determinar el lugar del hecho y quiénes habían sido sus coautores.

8") En lo concerniente a cuál es la gravedad de la infracción que debe probar el afectado para imputar el daño al medio de prensa, la cuestión remite a las condiciones de aplicación del estándar conocido como "real malicia", introducido originalmente por la Corte Suprema de los Estados Unidos en el precedente "New York Times v. Sullivan" 376 US. 254-1964). El alcance de la regla sentada en 1964, tomó su forma definitiva recién en 1974 al fallarse el caso "Gertz v. Welch" (418 US. 323). Con este contenido final, fue posteriormente receptada la regla por este Tribunal.

En "New York Times" se advirtió que el derecho del público a criticar al gobierno se vería sofocado si los funcionarios contasen con la posibilidad de demandar por difamación a los medios ante cualquier error o falsedad en que éstos incurrieran. Por tal motivo, se entendió que el aseguramiento de una amplia libertad de prensa exigía poner límites a tales demandas mediante un aumento de los requisitos que debían cumplirse para su procedencia. Con ese fundamento, el tribunal desestimó la acción contra el periódico, en cuanto el interesado no había demostrado que la información difamatoria había sido publicada con conocimiento de su falsedad o con una negligencia temeraria (reckless disregard). Tres años más tarde, la misma regla fue aplicada a un caso de difamación promovido por un sujeto que si bien no era un funcionario público, se trataba de una persona famosa, que contaba con una imagen popular (public figure). (Curtis Publishing Co. v. Butts, 388 U.S. 130 —1967-). Luego de una etapa intermedia de indefinición acerca de la posición que tenían los simples particulares que no eran ni funcionarios ni figuras públicas (la extensión de New York Times a los particulares sólo obtuvo tres votos favorables en Rosenbloom v. Metromedia, 403 U.S. 29 — 1971), el tribunal dictó sentencia en el

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Año: 2010, CSJN Fallos: 333:844 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-333/pagina-844

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