FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Año del Bicentenario Buenos Aires, 26 de mayo de 2010.
Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por Ricardo Hugo Schkop en la causa Asociación Multisectorial del Sur en Defensa del Desarrollo Sustentable c/ Comisión Nacional de Energía Atómica", para decidir sobre su procedencia.
Considerando:
Que el recurso extraordinario, cuya denegación dio origen a la queja en examen, no se dirige contra una sentencia definitiva o equiparable a tal (art. 14 de la ley 48).
Por ello, y de conformidad con lo dictaminado por la señora Procuradora Fiscal, se desestima la queja. Dése por perdido el depósito de fs. 1. Notifíquese y, oportunamente, archívese previa devolución de los autos principales.
RICARDO Luis LORENZETTI (según su voto) — ELENA 1. HIGHTON DE NoLAsco — CARLos S. FAYT (en disidencia) — ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — JUAN CARLOS MAQUEDA (en disidencia) — E. RAÚL ZAFFARONI (en disidencia) — CARMEN M. ARGIBAY.
VoTo DEL SEÑOR PRESIDENTE
DOCTOR DON RICARDO Luis LORENZETTI
Considerando:
1) Que la Asociación Multisectorial del Sur en Defensa del Desarrollo Sustentable promovió una acción declarativa de certeza en los términos del art. 322 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación , "a efectos de que se establezca si la COMISION NACIONAL DE ENERGIA ATOMICA (CNEA), debe adecuar su accionar en los
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Año: 2010, CSJN Fallos: 333:753
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