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Fallos: 333:225 de la CSJN Argentina - Año: 2010

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Roberto Antonio c/Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur" Fallos: 330:3444 ); "Metrogas S.A. c/ Neuquén, Provincia del" (Fallos:

330:4256 ). Notifíquese y oportunamente archívese.


JUAN CARLOS MAQUEDA — E. RAÚL ZAFFARONI.
Profesionales: Dres. Olga Alejandra Kleisinger y José Miguel Braceras, por la Provincia del Chaco, Marcelo Eduardo Castelán, Osvaldo José Simoni-los últimos en su calidad de Fiscales de Estado-, María Beatríz Fernández, Antonio Mario Pérez Talamonti y Marta Carmen Rey (en representación del Estado Nacional -Ministerio de Trabajo y Seguridad Social- citado en los términos del art. 94 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ).


MARIA VICTORIA DOBAL c/ GCBA y OTROS
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Cuestiones de competencia. Intervención de la Corte Suprema.

Si bien no se encuentra debidamente trabada una cuestión de competencia en los términos del art. 24, inc. 7° del decreto 1285/58 y la petición para que la Corte se expida acerca de la jurisdicción y fuero competentes no constituye acción o recurso que habilite la competencia de la Corte con arreglo a lo dispuesto por los arts. 116 y 117 de la Constitución Nacional, razones de celeridad y economía procesal hacen aconsejable que el Tribunal haga uso de la atribución conferida en la norma mencionada en primer lugar y se pronuncie sin más dilaciones sobre la radicación definitiva del expediente determinando que corresponde a la justicia federal ratione personae la acción dirigida contra el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y contra el Estado Nacional tendiente a obtener una indemnización por los daños y perjuicios causados en ocasión del incendio producido en un local bailable —caso "Cromañón"-, resultando el fuero en lo contencioso administrativo el competente para conocer en la causa.


DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:

—I-

A mi modo de ver, no existe en el sub lite una cuestión de competencia acerca de cuya resolución deba expedirse este Ministerio Público,

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Año: 2010, CSJN Fallos: 333:225 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-333/pagina-225

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