Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 333:1961 de la CSJN Argentina - Año: 2010

Anterior ... | Siguiente ...

Expone que el 3 de julio de 1989, la Administración de Parques Nacionales celebró un convenio con la Provincia de San Luis, en el que dicha provincia se comprometió a ceder al Estado Nacional el dominio y jurisdicción de una superficie de aproximadamente 150.000 hectáreas ubicadas en los departamentos de Ayacucho y Belgrano, que serían afectadas al sistema creado por la ley nacional 22.351, bajo el nombre Parque Nacional Sierra de las Quijadas.

Relata que en dicho acuerdo se pactó que la provincia promovería ante el Poder Legislativo la declaración de utilidad pública de los inmuebles que forman parte del área que sería cedida, con el objeto de iniciar los juicios de expropiación respectivos, y la actora asumió la obligación de pagar todos los gastos e indemnizaciones que demandara la tramitación de tales procesos.

Señala que el convenio fue ratificado por la ley provincial 4844, en cuyo artículo 2" se declaró de utilidad pública, y sujetos a expropiación, los inmuebles involucrados y, a su vez, se dispuso que una vez obtenida la posesión y la titularidad de dominio, serían cedidos a la actora y la jurisdicción al Estado Nacional (artículo 3").

Indica que en el ámbito nacional el acuerdo fue ratificado mediante la ley 24.015, en la que se estableció que el "Parque Nacional Sierra de las Quijadas" se consideraría creado una vez cumplidos los recaudos previstos en los artículos 3" y 4" de la citada ley local.

Posteriormente —continúa-— se resolvió limitar las expropiaciones a una porción del proyecto original, de aproximadamente 75.000 hectáreas de extensión, comprensiva de un área núcleo de la zona de parque nacional considerada como de mayor valor paisajístico, ambiental y paleontológico.

Explica que en ese contexto, la provincia no inició los juicios expropiatorios, sino que dispuso la celebración de avenimientos extrajudiciales instrumentados a través de actas compromiso suscriptas entre la Subsecretaría de Estado de Vivienda y los propietarios de los inmuebles que integran la referida área núcleo, por un total de 73.534,46 hectáreas. Destaca que, en cumplimiento de lo acordado, los inmuebles se adquirieron con fondos y por cuenta y orden del Estado Nacional, y que mediante el decreto provincial 1493/99 se transfirieron a la jurisdicción de la Nación y con destino a la entidad actora, para ser incorporados

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

56

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 2010, CSJN Fallos: 333:1961 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-333/pagina-1961

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 333 Volumen: 3 en el número: 81 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos