Una clara muestra la encontramos en el Estado de Nueva York, de donde podemos extraer antecedentes que —si bien no juzgan directamente sobre el ¡us connubii—, contienen conceptos atinentes.
Así, en "Langan v. St. Vincent's Hospital of New York" (25 AD 3d 90 — [2005] 802 NY 2d. 476), ante la muerte de su compañero, el sobreviviente de una unión civil celebrada en Vermont, accionó por mala praxis. En su extensa sentencia del 10 de abril de 2003 (N° 11618/2002), el juez del Condado de Nassau (Hon. John P. Dunne), hizo lugar alo solicitado. Por el contrario, la Corte de Apelaciones —por mayoría— entendió que la relación de partenariato civil no atribuye legitimación para demandar por daños, en tanto no califica al miembro de la pareja como cónyuge supérstite (v. as. 6 NY2d. 890 [2006]).
El Sr. Langan también inició acciones por los beneficios compensatorios previstos para el cónyuge supérstite del trabajador fallecido Worker's Compensation Law). El tribunal estimó, por un lado, que el giro "esposo sobreviviente" (esposo legal) al que alude el texto positivo, no comprende a los miembros de una unión civil. Y, por el otro, que la pauta jurisprudencial que rige para el exequatur (doctrine of comity), no obliga a Nueva York a reconocer todas las consecuencias que otro Estado confiere a las relaciones creadas por él. En orden a la garantía de igualdad, recordó su doctrina anterior en el sentido de que la norma no distingue en virtud de la orientación sexual, sino del estatus legal. Adujo que no es irrazonable pensar que la ley se sancionó, en parte, para alentar y proteger a la tradicional constelación familiar de marido, esposa e hijos, compensando también a la mujer que permaneció en el hogar para criar a la prole; y puntualizó que la constitucionalidad del régimen se presume, sin que el actor la haya desvirtuado. Finalizó diciendo que extender la compensación a toda una nueva clase de beneficiarios, es una decisión que debe hacer la Legislatura, después de una apropiada investigación respecto de la obligación social de proveer tal bonificación, como así, de su impacto financiero ("Langan v. State Farm Fire € Casualty" 48 AD 3d 76 27/12/2007]).
2.2.C.- El comentario que antecede, permite colegir inmediatamente la dimensión de las dificultades que acarrea el reconocimiento de situaciones jurídicas constituídas en otras jurisdicciones respecto de la pareja homosexual; que conforma para los Estados Unidos, un capítulo de gran importancia habida cuenta de su organización política.
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Año: 2010, CSJN Fallos: 333:1539
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