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Fallos: 333:1147 de la CSJN Argentina - Año: 2010

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GABRIELA BEATRIZ QUIROGA c/ UNIVERSIDAD NAC. ve CORDOBA

FAC. DE CS. AGROP.)
CONCURSOS UNIVERSITARIOS.
Corresponde revocar la sentencia que declaró la nulidad absoluta de las resoluciones del Consejo Directivo de la Facultad de Ciencias Agropecuarias y del Consejo Superior de la Universidad Nacional de Córdoba y de los actos administrativos dictados en su consecuencia si los mismos cumplen con todos los requisitos de validez del acto administrativo y el tribunal a quo se colocó en el rol de jurado y no se limitó a ejercer el control judicial que debe hacerse en los casos de selección del cuerpo docente universitario, máxime si el dictamen del jurado se ajustó a las normas vigentes expresando en su ampliación los criterios de puntuación y calificando conforme al procedimiento previsto en la reglamentación correspondiente.

—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—.


DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:

—I-

A fs. 107/118, la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba (Sala B) hizo lugar al recurso que, en los términos del art. 32 de la ley 24.521, interpuso la ingeniera Gabriela Quiroga y declaró la nulidad absoluta de las resoluciones 399/02 del Honorable Consejo Directivo de la Facultad de Ciencias Agropecuarias y 203/03 del Honorable Consejo Superior de la Universidad Nacional de Córdoba (UNC, en adelante), así como también de todos los actos administrativos dictados en su consecuencia.

Por el primero de aquellos actos administrativos se rechazó la impugnación presentada por la actora en el concurso para la provisión

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Año: 2010, CSJN Fallos: 333:1147 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-333/pagina-1147

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