promueven acción declarativa de inconstitucionalidad, en los términos del art. 322 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación , contra la Provincia de Buenos Aires a fin de obtener que se declare la inconstitucionalidad de la ley 12.573 (y su decreto reglamentario 2372/01) y del decreto 124/03, por contrariar lo establecido en los arts. 14, 16 y 17 de la Constitución Nacional, como así también en los tratados y acuerdos celebrados entre la República Argentina y el Reino de España, ratificados por las leyes nacionales 23.670, 24.739 y 24.118.
Afirman que el régimen local interfiere con el plan de expansión que tenían previsto implementar en la Provincia, toda vez que el art. 4" de la ley impugnada fija una cantidad de locales según sea la población del municipio, disponiendo un límite máximo de un establecimiento en localidades de hasta 150.000 habitantes, dos en las de más de 150.000 y hasta 300.000 y de tres en las que superen dicha cifra. De este modo, dicen, la ley genera una doble restricción a derechos preexistentes, pues, por un lado, si bien les da certeza de que no podrán instalar más de un número determinado de tiendas en cada localidad, por el otro, les ocasiona una gran inseguridad jurídica, ya que, aún cuando instalaran establecimientos por debajo del límite fijado mantienen la incertidumbre sobre si luego no se les impondrán nuevas exigencias de imposible cumplimiento.
Además, cuestionan el bloque normativo local porque, a su juicio, instituye un procedimiento de habilitación de comercios que vulnera la libre concurrencia, en tanto establece límites inconstitucionales al derecho de ejercer industria lícita de los "grandes establecimientos comerciales" y de las "cadenas de distribución" en beneficio del "comercio minorista local". En tal sentido, manifiestan que ello implica un ejercicio ilegítimo del poder de policía por parte de la Provincia, que invade la distribución de competencias asignadas en la Ley Fundamental, así como también una violación al Pacto Federal para el Empleo, la Producción y el Crecimiento firmado el 12 de agosto de 1993 y a las leyes 24.240, de Defensa del Consumidor, y 25.156, de Defensa de la Competencia.
Señalan que la implementación del mencionado sistema exige un análisis del impacto socioeconómico y ambiental de elevado costo que perjudica la economía de la empresa, pues provoca interferencias en el desenvolvimiento del negocio y, en especial, en las inversiones necesarias para lograr una nueva apertura. En ese sentido, explican
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Año: 2010, CSJN Fallos: 333:1090
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