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Fallos: 333:1062 de la CSJN Argentina - Año: 2010

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PREVIFORT S.A. c/ BANCO DE La PROVINCIA ve BUENOS AIRES

CONTRATO DE SINDICACION.
Corresponde dejar sin efecto la sentencia que condenó al Banco de la Provincia de Buenos Aires a pagar la reparación de los perjuicios ocasionados por el incumplimiento de un contrato de sindicación de acciones de mando y bloqueo concertado entre todos los accionistas si para atribuir responsabilidad al demandado por el incumplimiento de mala fe del contrato, con afectación del derecho de defensa en juicio, la sala omitió examinar prueba incorporada a la causa, valoró arbitrariamente la rendida e incurrió en contradicción.

—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—.


DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:

—I-

La Sala C, de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial revocó la sentencia de fs. 1530/1541 y condenó al Banco de la Provincia de Buenos Aires a pagar a Previfort S.A. el total de $ 524.351,30 con más intereses -importe comprensivo de $ 117.946,30 por la participación accionaria en La Fortuna S.A. de Seguros de Retiro menos la cuota recuperada en su liquidación voluntaria y de $406.405 por la pérdida de chance— como reparación de los perjuicios ocasionados por el incumplimiento de un contrato de sindicación de acciones de mando y bloqueo concertado entre todos los accionistas (fs. 1631/1643).

—I-

Cabe reseñar, que la actora titular del 25 de las acciones de La Fortuna demandó al Banco propietario del 43,75, reclamándole el pago de $ 12.144.899 en concepto de pérdida del capital aportado, lucro cesante 0, en su caso pérdida de chance, por los perjuicios derivados del referido incumplimiento que, a la postre, determinó la disolución y liquidación de la aseguradora (v. fs. 10/43 y 45/57).

Al efecto, señaló que la disolución de la sociedad se produjo como consecuencia del desentendimiento del Banco en el proyecto, situación

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Año: 2010, CSJN Fallos: 333:1062 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-333/pagina-1062

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