Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 332:274 de la CSJN Argentina - Año: 2009

Anterior ... | Siguiente ...

Instancia en lo Civil N" 29, por intermedio de la Sala D de la cámara de apelaciones de dicho fuero.


RICARDO Luis LORENZETTI — ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — JUAN CARLOS

MAQUEDA — E. RAÚL ZAFFARONI.
ENRIQUE JALIFE


AMENAZAS.
Si en la causa se investigan las amenazas telefónicas que la denunciante alega haber recibido en su domicilio particular y también por vía correo electrónico en el laboral, ambos ubicados enla ciudad de Buenos Aires, habiendo advertido aquélla que anteriormente las recibía en su residencia ubicada en una localidad de la Provincia de Buenos Aires, resulta aplicable— en lo pertinente- lo resuelto en la causa "Balbastro, Magdalena s/ denuncia" (C.656.XL1, sentencia del 6/12/2005), por lo cual, advirtiéndose que existirían otros hechos anteriores similares a los denunciados, ocurridos en una localidad provincial —circunstancia que no permite descartar que ellos formen parte de un único contexto delictivo—, es aconsejable que el juez local continúe interviniendo, sin perjuicio de que si considera que la investigación corresponde a otro magistrado se la remita conforme las normas del derecho procesal local.


DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:

Entre el Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción N" 10 y el Juzgado de Garantías N" 4 del departamento judicial de Lomas de Zamora, Provincia de Buenos Aires, se suscitó la presente contienda negativa de competencia referida a la causa instruida por denuncia de Susana Nélida Cerisola.

En ella relata que recibió varias amenazas telefónicas en su domicilio particular, y también vía correo electrónico en el laboral, ambos ubicados en esta ciudad, y que anteriormente las recibía en su resi

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

59

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 2009, CSJN Fallos: 332:274 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-332/pagina-274

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 332 Volumen: 1 en el número: 276 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos