MARIA LUISA POZZOBON y OTROS
c/ SINDICATURA GENERAL pE LA NACION
SINDICATURA GENERAL DE LA NACION.
Corresponde a la justicia federal conocer en la causa que empleados de la planta permanente de la Sindicatura General de la Nación promovieron a fin de obtener que se deje sin efecto el reencasillamiento en el nuevo escalafón si, al instaurarse una demanda contra el Estado Nacional o una entidad nacional, dicho fuero surte por razón de la persona, en virtud de lo dispuesto por los arts. 116 de la Constitución Nacional y ?", inc. 6" y 12 de la ley 48 y porque la materia en debate, su contenido jurídico y la relación existente entre las partes posee notas propias de una relación de empleo público y, dado que se deberán aplicar normas y principios propios del derecho público, el fuero en lo contencioso administrativo es el competente para conocer en autos.
—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—.
DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:
—I-
La presente contienda negativa de competencia se origina con la demanda que varios empleados de la planta permanente de la Sindicatura General de la Nación promovieron contra ese organismo, a fin de obtener que: a) se deje sin efecto el reencasillamiento en el nuevo escalafón establecido en el acta acuerdo del 31 de octubre de 2005, homologada por el decreto 1640/05 y por la resolución 126/05 de la S.L.G.E.N.;b) se los reubique en la correspondiente categoría del nuevo escalafón; c) se les paguen las diferencias salariales devengadas y, d) se declare la inconstitucionalidad de las normas aludidas, en cuanto ordenan el "reencasillamiento por funciones".
—I-
A fs. 26, la titular del Juzgado Nacional del Trabajo N° 7 declaró su incompetencia y remitió la causa a la justicia nacional en lo contencioso administrativo federal. Tal decisión fue apelada y, a su turno,
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Año: 2009, CSJN Fallos: 332:1738
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