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Fallos: 332:1078 de la CSJN Argentina - Año: 2009

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DOMINGO STRANGIO c/ CATTORINI Hnos. S.A.C.LF.


PRINCIPIO DE CONGRUENCIA.
La sentencia que confirmó la decisión recurrida "en cuanto declaró la inconstitucionalidad de los arts. 21, 22 y 46 de la ley 24.557" incurrió en un apartamiento del principio de congruencia, ya que el tribunal de grado no se pronunció acerca dela validez constitucional de las normas mencionadas, y tal defecto no se supera ni siquiera frente a la posibilidad de que los jueces examinen de oficio la inconstitucionalidad de las leyes, pues esa facultad no los habilita a dictar sentencias que transgredan aquel principio.


RIESGOS DEL TRABAJO.
Corresponde confirmar la sentencia apelada en cuanto declaró la inconstitucionalidad del art. 46, inc. 1, de la ley 24.557, que establece la jurisdicción federal, pues la Ley de Riesgos del Trabajo ha producido dos consecuencias incompatibles con la Constitución Nacional: impedir que la justicia provincial cumpla la misión que le es propia, y desnaturalizar la del juez federal al convertirlo en magistrado de "fuero común".

—Del precedente "Castillo" (Fallos: 327:3610 ), al que remitió la Corte Suprema-.


RIESGOS DEL TRABAJO.
Corresponde confirmar la sentencia que declaró la inconstitucionalidad de los arts. 21, 22 —que establecen el trámite previo ante las comisiones médicas— y 46 —que establece la jurisdicción federal— de la ley 24.557, ya que dicha ley de Riesgos del Trabajo ha producido dos consecuencias incompatibles con la Constitución Nacional: impedir que la justicia provincial cumpla la misión que le es propia, y desnaturalizar la del juez federal al convertirlo en magistrado "de fuero común" (Disidencia parcial de los Dres. Enrique Santiago Petracchi y Carmen M. Argibay).

—Del precedente "Castillo" (Fallos: 327:3610 ), al que remitió la disidencia parcial.


DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:

—I-

La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires rechazó el recurso extraordinario local de inaplicabilidad de ley deducido por la accionada y declaró la inconstitucionalidad de los artículos 21,22

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Año: 2009, CSJN Fallos: 332:1078 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-332/pagina-1078

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