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Fallos: 331:2586 de la CSJN Argentina - Año: 2008

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YPF S.A. c/ MUNICIPALIDAD ve LA MATANZA
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Por la materia. Causas excluidas de la competencia federal.

Si mediante la acción declarativa de inconstitucionalidad la actora procura despejar el estado de incertidumbre en el que se encuentra respecto de la pretensión municipal de que conforme la base imponible de la tasa por inspección de seguridad ehigiene distribuyendo el total de los ingresos gravados por el impuesto sobre los ingresos brutos de la Provincia de Buenos Aires sólo entre aquellos municipios en los que desarrolla actividades y posee local, oficina o establecimiento, resulta evidente que no se agravia de la negativa municipal a "aplicar" el Convenio Multilateral del 18 de agosto de 1977 sino que, encontrándose fuera de debate su vigencia y aplicación, mantiene una controversia sobre la recta "interpretación" de uno de sus preceptos, lo que determina que el proceso no corresponda a la competencia de la justicia federal.

—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—.

JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Por la materia. Causas excluidas de la competencia federal.

Las divergencias sobre la interpretación de normas de derecho público local —como lo es el Convenio Multilateral del 18 de agosto de 1977— deben ser ventiladas ante los jueces locales, que deberán examinar el alcance de un tributo que deriva de una ordenanza municipal creada y aplicada por las autoridades de igual carácter, interpretándolos en el espíritu y en los efectos que la soberanía local ha querido darles; ello es así en resguardo del respeto al sistema federal y de las autonomías provinciales que requieren que sean los jueces locales los que intervengan en las causas en que se ventilen cuestiones de esa naturaleza, sin perjuicio de que los temas federales que también puedan comprender esos pleitos sean susceptibles de adecuada tutela por la vía del recurso extraordinario.

—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—.


DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:

—I-

A fs. 104, la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín (Sala 1), al confirmar la resolución de la instancia anterior, declaró la incompetencia de la justicia federal para conocer en la acción meramente

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Año: 2008, CSJN Fallos: 331:2586 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-331/pagina-2586

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