Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 331:1730 de la CSJN Argentina - Año: 2008

Anterior ... | Siguiente ...

HISISA ARGENTINA S.A.LC.I. y F. e/ NACION ARGENTINA — MINISTERIO pe
ECONOMIA y OTROS
PROMOCION INDUSTRIAL.
Cabe confirmar la sentencia que rechazó la demanda de daños y perjuicios dirigida contra el Estado Nacional y dos sociedades anónimas, fundada en las conductas ilícitas que se le imputaban a aquél y que comprometían su responsabilidad contractual y extracontractual por el supuesto incumplimiento de un proyecto industrial propuesto por la actora, la falta de control por parte de la autoridad de aplicación que al amparo del régimen de promoción industrial -ley 19.640—la habría perjudicado por incurrir en competencia desleal y otras irregularidades, si resulta con nitidez que la argumentación de la apelante no sólo es fruto de una reflexión tardía, sino opuesta a la postura sostenida inicialmente, razón por la cual es inadmisible.

DAÑOS Y PERJUICIOS: Responsabilidad del Estado. Generalidades.

Frente a la pretensión de ser indemnizado por la falta de servicio atribuida a los órganos estatales, debe cumplirse con la carga procesal de individualizar del modo más claro y concreto posible cuál ha sido la actividad que específicamente se reputa como irregular, vale decir, describir de manera objetiva en qué ha consistido la irregularidad que da sustento al reclamo, sin que baste al efecto con hacer referencia a una secuencia genérica de hechos y actos, sin calificarlos singularmente tanto desde la perspectiva de su idoneidad como factor causal en la producción de los perjuicios, como en lo atinente a su falta de legitimidad.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 12 de agosto de 2008.

Vistos los autos: "Hisisa Argentina S.A.I.C.L. y F. c/ la Nación Argentina — M" Economía y osp. y otros s/ daños y perjuicios".

Considerando:

1) Que la empresa Hisisa Argentina S.A.I.C.I. y F. inició una demanda de daños y perjuicios —a la que adhirió Hisin Inversora S.A.— dirigida inicialmente contra el Estado Nacional, Cordonsed Argentina S.A. y Celulosa y Derivados Sociedad Anónima, aunque, con

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

79

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 2008, CSJN Fallos: 331:1730 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-331/pagina-1730

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 331 Volumen: 2 en el número: 724 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos