FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 12 de agosto de 2008.
Vistos los autos: "Luncheon Tickets S.A. / Municipalidad de Moreno s/ proceso de conocimiento".
Considerando:
Que esta Corte comparte y hace suyos los fundamentos y conclusiones del dictamen de la señora Procuradora Fiscal a los que cabe remitir por razones de brevedad.
Por ello, de conformidad con lo dictaminado, se hace lugar al recurso extraordinario y se confirma la sentencia apelada. Notifíquese y, oportunamente, remítase.
RICARDO Luis LORENZETTI — ELENA LI. HIGHTON DE NoLAsco — CARLOS
S. FAYr — ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — JUAN CARLOS MAQUEDA — E.
RAÚL ZAFFARONI — CARMEN M. ARGIBAY (según su voto).
Voto DE LA SEÑORA
MINISTRA DOCTORA DOÑA CARMEN M. ARGIBAY.
Considerando:
Que la cuestión traída a conocimiento de esta Corte guarda sustancial analogía con la debatida y resuelta en la causa U.93.XL "Unilever de Argentina S.A. c/ Municipalidad de Río Cuarto s/ acción declarativa de certeza", de fecha 6 de septiembre de 2005, Fallos: 328:3340 , disidencia de la jueza Carmen Argibay, a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitir por razones de brevedad.
Por ello, y habiendo dictaminado la señora Procuradora Fiscal, se hace lugar al recurso extraordinario y se confirma la sentencia apelada.
Notifíquese y, oportunamente, remítase.
CARMEN M. ARGIBAY.
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Año: 2008, CSJN Fallos: 331:1714
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