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Fallos: 331:1716 de la CSJN Argentina - Año: 2008

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EXTRANJEROS.
La demandada no podía limitarse a alegar que la exigencia de nacionalidad argentina a un auxiliar bibliotecario era razonable o aun conveniente para el buen desempeño del cargo y resultaba adecuada al fin perseguido sino que debía acreditar que existían fines sustanciales que hacen al ejercicio de funciones básicas del Estado que requerían que el cargo sólo pudiera ser cubierto por argentinos y debía, además, disipar toda duda sobre si no existirían medidas alternativas que pudieran garantizar el objetivo perseguido de un modo menos gravoso para el interesado.

—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—.

EXTRANJEROS.
Al decidir si la condición de argentino contenida en la resolución 1331/04 de la Corte que remite al art. 11 del Reglamento para la Justicia Nacional al fijar los requisitos para concursar al cargo de auxiliar de la Biblioteca del Tribunal, supone un requisito de idoneidad adecuado a la función o empleo, se advierte claramente que la demandada pudo instrumentar exigencias relativas, no a la nacionalidad —como hizo- sino a la extensión de la residencia en el país, o al lugar en el cual los estudios fueron efectuados, como modos de acreditar el arraigo al que la norma impugnada parece apuntar y, como nada de esto fue hecho, cabe concluir en que tampoco se ha respetado la necesidad de elegir las alternativas menos restrictivas para los derechos del postulante.

—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—.

EXTRANJEROS.
Silos extranjeros, en su carácter de habitantes de la Nación, están, en principio, habilitados para el empleo público —conforme a la cláusula genérica del art. 16 de la Constitución Nacional, sin que la demandada haya aportado los elementos demostrativos de los fines que intentaba resguardar y los medios que había utilizado al efecto, al exigir la ciudadanía del país para acceder a un empleo público, corresponde declarar inconstitucionales los arts. 11 del Reglamento para la Justicia Nacional y 11, punto 1.3, de la Resolución 1331/2004 de la Corte Suprema y nula la resolución por la cual se denegó al actor la inscripción en el concurso para el cargo auxiliar en la Biblioteca del Tribunal.

—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—.

EXTRANJEROS.
La condición de argentino exigida para acceder al cargo de auxiliar de la Biblioteca Central de la Corte Suprema de Justicia de la Nación no configura un requisito de idoneidad en relación directa con las funciones del cargo al que se pretende acceder, por ello aquél carece de una justificación suficiente en relación con el fin perseguido por la norma, lo que no enerva la facultad de establecer otros requisitos que dispongan exigencias destinadas a acreditar el arraigo y un cierto

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Año: 2008, CSJN Fallos: 331:1716 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-331/pagina-1716

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