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Fallos: 330:530 de la CSJN Argentina - Año: 2007

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530 NADA TD E Rinaldi, C. A. e/ Valdés, N. E. s/ordinario-simulación", resolución del 11 de septiembre de 2001).

Por ello, se desestima lo solicitado en el escrito que antecede y se impone al doctor Francisco Daniel Carignano la sanción de multa con el alcance fijado precedentemente. Dése noticia a la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario y notifíquese a los interesados por ujiería del Tribunal.

Ricarpo Luis Lorexzerri — ELena 1 Hiciron DE Norasco — Cartos S.

Favr — Juax Carros Maqueda — E. RAÚL Zarraront — CARex M.

Arcinay.

Tribunales que intervinieron con anterioridad: Cámara Federal de Apelaciones de Rosario.

Retardo de Justicia denunciado por: Jorge Alberto José Zalbidea, representado por el Dr. Francisco Daniel Carignano.


BANCO DEL SOL S.A. v. PROVINCIA vr MISIONES

CESION DE CREDITOS.
Corresponde rechazar la demanda contra la Provincia de Misiones si —según consta en las escrituras agregadas, que hacen plena fe de conformidad con lo dispuesto por los arts. 993, 994, 995, 1003 y concordantes del Código Civil el deudor cedido, tanto en los convenios privados como en la posterior cesión a favor de la actora, es OSPLAD y no la Provincia.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 6 de marzo de 2007.

Vistos los autos: "Banco del Sol S.A. c/ Misiones, Provincia de s/ cobro de pesos", de los que, 1 r MARZO 00 DE - omo, 1

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Año: 2007, CSJN Fallos: 330:530 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-330/pagina-530

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