Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional N ° 3 de La Plata que declaró procedente el pedido de extradición introducido por el Reino de los Países Bajos para juzgarla por haber "...redactado en falso o falsificado gran número de cheques y extractos de cuenta bancaria" y luego haberlos utilizado malversando un total de U$S 1.500.000, entreel 1° de enero de 1997 hasta el 31 de diciembre de 2002. Ello al desempeñarse como "Jefe sustituto de Asuntos Generales" de la embajada del país requirente acreditada en la República Argentina (conf.
resolución obrante a fs. 145 según los fundamentos de fs. 147/152).
2) Que el dictado de la Ley de Cooperación Internacional en Materia Penal N° 24.767 no impide que las partes recurran al remedio federal si los agravios que invocan contra la sentencia pueden considerarse comprendidos en el objeto de este último recurso (conf. causa "Fidanzati" Fallos: 316:451 ).
3) Que, sin embargo, el recurso extraordinario es inadmisible art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ).
Por ello, oído el señor Procurador Fiscal, selodeciara mal concedido. Hágase saber y, devuélvase.
RICARDO Luis LORENZETTI — ELENA |. HIGHTON DE NoLAsco — CARMEN M.
ARGIBAY.
Recurso extraordinario inter puesto por Ana Isabel Kristiaan, representada por el Dr. 
Jorge Carlos Berbere Delgado.
Tribunal de origen: Juzgado Federal de Primera InstanciaN° 3deLaPlata,Provincia de Buenos Aires.
LOSIANIN S.A. DE INVERSIONES v. MINISTERIO de ECONOMIA
RECURSO DE REPOSICION.
Las sentencias de la Corte Suprema no son susceptibles de ser revocadas por vía de recurso de reconsideración, revocatoria o nulidad. 
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Año: 2007, CSJN Fallos: 330:4409 
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