Por ello, de conformidad con lo dictaminado por aquél, se confirma la sentencia apelada. Con costas. Notifíquese y, oportunamente, devuélvase.
RICARDO Luis LOrEnzeTtt1 (en disidencia) — ELENA |. HiGHTON DE NoLAsco según su voto) — EnRrIQue SANTIAGO PETRACCHI — JUAN CARLOS MaquEDA — E. RAÚL ZAFFARONI (en disidencia) — CARMEN M. ArGIBAY según su voto).
Voto DE LA SEÑORA VICEPRESIDENTA DOCTORA DOÑA ELENA |. HIGHTON DE NoLAsco Considerando:
Que esta Corte-—en su actual composición— comparte y hace suyas las razones expuestas en el precedente "Mengual" —considerandos 1 a 13 del voto de los jueces Belluscio, Levene, Boggiano y López- (Fallos:
318:1959 ), a las cuales se remite.
Por ello, de conformidad con lo dictaminado por el señor Procurador General, se confirma la sentencia apelada. Con costas. Notifíquese y, oportunamente, devuélvase.
ELENA |. HiGHTON DE NoLasco.
VoTo DE LA SEÑORA
MINISTRA DOCTORA DOÑA CARMEN M. ARGIBAY
Considerando:
Que la cuestión debatida en el sub litees sustancialmente análoga alaresuelta en la causa de Fallos: 318:1959 , a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir por razones de br evedad.
Por ello, de conformidad con lo dictaminado por el señor Procurador General, se confirma la sentencia apelada. Con costas. Notifíquese y, oportunamente, devuélvase.
CARMEN M. ARGIBAY.
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Año: 2007, CSJN Fallos: 330:2526
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