330 gicas del razonamiento o una total ausencia de fundamento normativo, impida considerar el pronunciamiento de los jueces del proceso como la "sentencia fundada en ley" a que hacen referencia los arts. 17 y 18 de la Constitución Nacional (conf. doctrina de Fallos: 311:786 ; 312:696 ; 314:458 ; 324:1378 , entre muchos otros).
En ese sentido, la arbitrariedad no puede resultar dela sola disconformidad con la solución adoptada, sino que requiere la constatación deun apartamiento de los criterios mínimos de la argumentación jurídica. Esta última requiere, a su vez, que la decisión contenga una precisa descripción de los hechos con relevancia normativa, y si no se aplica laregla, deben darse las razones por las cual esresulta inaplicable, inválida o es corregida por razones de principios coherentes y consistentes, que resulten constitucional mente fundados. Es que la magna labor de administrar justicia no se basa en la sola voluntad o en el derecho libremente aplicado, sino en leyes, ya que nadie está sobre ellas, siendo que nuestra Constitución estableció un Poder Judicial integrado por jueces que actúan conforme a reglas que la comunidad debe conocer, y a las que deben ajustarse para que las soluciones sean previsibles, todo lo cual esta Corte debe hacer respetar porque constituyen un elemento de la garantía constitucional del debido proceso.
6°) Que en el caso se trata de determinar si un ente que es sujeto de derecho en los términos del art. 33, inc. 2 segundo apartado del Código Civil y debe destinar sus recursos en forma prioritaria a las prestaciones de salud cuyo Sistema Nacional integra (arts. 3 de la ley 23.660 y 2 de la ley 23.661), debe responder por las deudas laborales de terceros con quienes contrató la realización de las aludidas prestaciones. Para este supuesto de hecho resulta aplicable el art. 30 de la Ley de Contrato de Trabajo, conforme con el cual quienes cedan total oparcialmente aotroel establecimiento o explotación habilitado a su nombre, contraten o subcontraten, cualquiera sea el acto que le dé origen, trabajos o servicios correspondientes a la actividad normal y específica propia del establecimiento, dentro ofuera de su ámbito, deben exigir el adecuado cumplimiento delas normasrelativas al trabajo y los organismos de seguridad social y son solidariamente responsables por tales obligaciones.
En consecuencia, corresponde establecer si la decisión impugnada está dentro del campo de las opciones interpretativas legítimas osi, por el contrario, no constituye una derivación razonada de la regla de derecho aplicable.
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Año: 2007, CSJN Fallos: 330:2460 
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