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Fallos: 330:230 de la CSJN Argentina - Año: 2007

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VAQUEROS S.A. v. DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Interpretación de normas y actos comunes.

Aun cuando los agravios deducidos contra la sentencia que rechazó la apelación con fundamento en la falta de cumplimiento del depósito previo de los cargos imputados y la articulación extemporánea de las causales vinculadas con la desproporción de la suma exigida, se vinculan con cuestiones de hecho, prueba y derecho común, ajenas —como regla y por su naturaleza— a la instancia extraordinaria, tal principio admite excepción por vía dela doctrina dela arbitrariedad, pues la garantía de la defensa en juicio no sólo comprendela posibilidad de ofrecer y producir pruebas, sino, también, la de obtener una sentencia que sea derivación razonada del derecho vigente con relación a los hechos demostrados en el proceso.

—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Defectos en la consideración de extremos conducentes.

Corresponde dejar sin efecto la sentencia que rechazó la apelación con fundamento en la falta de cumplimiento del depósito previo de los cargos imputados y la articulación extempor ánea de las causales vinculadas con la desproporción de la suma exigida, pues si bien la agraviada no acompañó junto con su escritotales elementos de prueba, a esa fecha, el organismo recaudador no había establecido en forma definitiva la cuantía del depósito pues se encontraba pendientela liquidación solicitada por la quejosa, por lo que resulta indudablemente lógico quela apelante esperara a ser notificada de la liquidación para luego, en base a ella, poder determinar si contaba con posibilidades de afrontar el pago.

—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Improcedencia del recurso.

Noes arbitrario el rechazo del planteo de inconstitucionalidad articulado por la agraviada respecto de la indexación implement ada, pues la apelante no acompañó ningún elemento que permita establecer el perjuicio que dice se le causa como consecuencia de la aplicación del régimen previsto en el decreto 611/92 (sistema único de actualización monetaria para deudas del art. 7 de la ley 21.864), de conformidad con el decr eto 589/1991, en tanto nodio cumplimientocon la exigencia de comparar el resultado final al que se arribó en la liquidación, con aquel que surgiría de la utilización de un sistema alternativo que esa parte estimara procedente y que pusiera en evidencia la supuesta desproporción existente y el consiguiente lucro abusivo por parte de la Administración.

—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—.

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Año: 2007, CSJN Fallos: 330:230 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-330/pagina-230

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