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Fallos: 330:1590 de la CSJN Argentina - Año: 2007

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330 juegos) y la resolución L.N.S.E. 99/02 (que autoriza al Hipódromo Argentino de Palermo S.A. a instalar y comercializar máquinas electrónicas de juegos de resolución inmediata).

El aludido magistrado continúa relatando que el 1° de diciembre de 2003 dispuso suspender cautelarmente la ejecución del convenio.

Dicha medida fue revocada parcialmente por la Sala ll desu tribunal de alzada —en lo que serefiere a la cláusula que acordaba la distribución de utilidades entre las partes— pero expresamente confirmada en cuanto suspendía la autorización de una nueva sala de casino en el ámbito de la ciudad o en lugares de acceso directo a ella.

Con metivo de una denuncia de incumplimiento de la medida cautelar (incidente que se tramita en el expediente N ° 9933/8), ordenó la interdicción judicial del barco "Princess", la que se hizo efectiva con la anotación marginal en la matrícula del buque por parte de la Prefectura Naval Argentina.

Ante una nueva presentación del actor en la que denunciaba otro incumplimiento de la cautelar y daba cuenta de que se había puesto en funcionamiento un segundo buque como casino flotante —al lado del existente—, dispuso, en el incidente registrado con el N ° 9933/11, citar alas partes y a Lotería Nacional S.E. —cuya intervención ya había sido admitida por la cámara del fuero como tercero voluntario accesorio—- a una audiencia, la que no tuvo resultado positivo.

En tales condiciones, antelafalta deinterés puesta de manifiesto en las audiencias celebradas, el incumplimiento dela medida cautelar del 1 de diciembre de 2003 y el oficio que recibió de la Oficina Anticorrupción, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, en el que se le informaba que ese organismo había dispuesto formular una denuncia penal en torno ala resolución 84/02 de Lotería Nacional S.E., por la que se autorizó a la empresa Casino de Buenos Aires S.A. a instalar un segundo barco casino y se prorrogó por cinco años la autorización para explotar el primer buque casino, el 23 de marzo del corriente año dispuso varias medidas y entre éstas, ordenó la dausura judicial del barco casino "Princess", ubicado en la Dársena Sur del puerto de la ciudad, hasta tanto se dicte sentencia definitiva en los autos principales. Dicha medida se hizo efectiva a las 18:10 del 27 de marzo de 2006, al clausurarse el barco casino.

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Año: 2007, CSJN Fallos: 330:1590 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-330/pagina-1590

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