acceso a una vivienda digna, derechos que también son tutelados por tratados internacionales de idéntica jerarquía según la reforma de 1994.
—Del precedente "Rinaldi", al que remitió la Corte Suprema—.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Resolución. Costas.
Corresponde imponer las costas de la ejecución en los tér minos del art. 558 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación , excepto las correspondientes a los incidentes generados con motivo de los planteos atinentes ala validez constitucional de las normas de emergencia y al régimen de refinanciación hipotecaria, comolas de la instancia extraordinaria que se imponen en el orden causado, atento a la forma en que se decidió y a la naturaleza de las cuestiones propuestas.
DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:
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El presente recurso de hecho fue interpuesto por el demandado —deudor hipotecario contra la sentencia dela Sala "E", dela Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, que a fs. 139/143, por un lado, revocó la resolución del juez de grado y, consecuentemente, decretóla constitucionalidad dela ley 25.561 y sus normas complementarias en la medida que se aplique el "esfuerzo compartido" y la cuota de sacrificio quedeban soportar las partes radique en la distribución igualitaria de la brecha entre el peso y el valor del dólar libre. Y por otro lado, confirmóla declaración de inconstitucionalidad de la ley 25.798 (texto según ley 25.908) y sus normas complementarias que crea el sistema derefinanciación hipotecaria. El recurso extraordinario fueinterpuesto a fs. 146/164, y denegado a fs. 193, lo que motivó la inter posición de esta queja.
— II Los agravios del recurrente pueden dividirse en dos capítulos. En un primer grupo se traen a examen las cuestiones vinculadas a la constitucionalidad y aplicación de la legislación de emergencia (ley
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Año: 2007, CSJN Fallos: 330:1508
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