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Fallos: 330:1469 de la CSJN Argentina - Año: 2007

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BANCO CREDICOOP COOPERATIVO LIMITADO
v. HECTOR GUMERSINDO GIL y Otros RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Sentencia definitiva. Resoluciones anteriores a la sentencia definitiva. Juicios de apremio y gecutivo.

La sentencia que confirmó el rechazo de la ejecución e impuso al acreedor como condición para una futura acción la inter vención previa de la deudora principal o el cumplimiento del recaudo verificatorio en el concurso de ésta, resulta equiparable ala resolución definitiva exigida por el art. 14 de la ley 48 por originar al ejecutante un perjuicio de dificultosa reparación ulterior al dilatar injustificada e innecesariamente la satisfacción plena de su derecho, con desmedro de la expeditivay eficaz protección judicial que exige el derecho de defensa en juicio en función de la garantía contraída.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Defectos en la fundamentación normativa.

Corresponde dejar sin efecto el pronunciamiento que hizo lugar ala excepción de inhabilidad de título y rechazó la ejecución pues, al exigir la intimación de pago ala deudora principal —por aplicación analógica del art. 3163 del Código Civil—0o la verificación previa de su créditoen la quiebra de ésta, omitió valorar en debida forma el alcance con que se obligó el codemandado, quien además de gravar su propiedad con der echo real de hipoteca en garantía de una deuda ajena, se constituyó en codeudor sdlidario, liso, llano y principal pagador de todas las obligaciones de la deudora principal, asumiendo de manera per sonal la deuda en ejecución, circunstancia que conduce a la aplicación de las normas que rigen las obligaciones solidarias (conf. arts. 699, 705, 2005 y concs. del Código Civil).

RECURSO EXTRAORDINARIO: Principios generales.

Es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ) el recurso extraordinario interpuesto contra el pronunciamiento que hizolugar ala excepción de inhabilidad de título y rechazó la ejecución (Disidencia de la Dra.

Carmen M. Argibay).


DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:

—|-

Contra la sentencia de la Sala "F", de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, queafs. 156/157 vta. si bien confirmó el decisorio

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Año: 2007, CSJN Fallos: 330:1469 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-330/pagina-1469

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