Privado de Niños, sito en la calle Cramer 4601 de Capital Federal, ante la Defensoría de Menores N ° 6, a quienes solicitó protección de persona para la menor D. Z. R., internada en dicha institución por sospecha de maltrato, al presentar fracturas de cráneo con cefalohematomas extensos y hematoma en antifaz bilateral, sin un relato coherente del mayor acompañante —madre biológica— que justificara dichas lesiones —v. fs. 1—. La Defensora Oficial tomó conocimiento, e iniciólas actuaciones correspondientes en el marco de lo normadopor los artículos 59 del Código Civil, 54 de la ley 24. 946 y 234 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación , las que quedaron radicadas ante el Juzgado en lo Civil N° 26 de ésta Ciudad —v. fs. 2/3—.
La Magistrada interviniente, se declaró competente para entender, disponiendo en consecuencia informar al nosocomio que la menor se encontraba a su disposición no pudiendo ser externada sin previa autorización, requiriéndoles la remisión de los estudios realizados, y copia de la historia dínica, como así también informe sobre estudios psicológicos de los padres de la menor, situación de riesgo de la misma, vínculo con la madre y capacidad de ésta para ejercer el rol materno. Asimismo solicitó a la Comisaría N ° 35 que mantuviera la consigna policial ordenada respecto de la incapaz, citó a sus progenitor es y peticionó se practicara informe social en el domicilio dela menor, por intermedio de las asistentes sociales del juzgado, y continuó interviniendo en cuestiones ulteriores —v. fs. 11,20, 76/77, 116/117, 123, entreotras—.
A fojas 118 designó guardadores provisorios de la niña a los abuelos maternos, con domicilio en la localidad de Olivos, quienes conviven con la madre biológica de D. Z. y sus tres hermanastros —L., M. y P.
M.— habidos de una relación anterior que mantuviera la progenitora con el señor Menayo.
A fojas 172 se inhibió de seguir entendiendo al tomar conocimiento a través del informe social obrante a fojas 54, que ante el Tribunal de Familia N ° 2 deSan Isidro, según dichos de la madre, se encontraba radicado un expediente iniciado por ésta contra el señor Menoyo, padre biológico, reitero, de L., M. y P., a quien denunciara por violencia familiar; también fundó su decisorio en la nota manuscrita agregada a fojas 79 de la cual se desprendería la existencia de dos procesos en trámite ante el mismo Magistrado sobre tenencia uno, y ejecución de alimentos el restante, por lo que dispuso la remisión de estos obra
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Año: 2007, CSJN Fallos: 330:125
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