atrás ó porque no veníun mirando hácia ese lado, lo supieron acto contínuo, y vieron el cadúver de Estigarribia, encontraron el cuchillo bañado en sangre, que el heridor había arrojado entre unos pastos, aprehendieron inmediatamente ú este, que tenía sus ropas manchadas en sangre, conduciéndolo junto con el cadáver ú la comandancia, todo lo que consta de las declaraciones de los peones que obran en el sumario, sin que haya de esto Jamás leve contradiccion ó duda, álo que se agrega que el informo médico, que corre á foja 1, no deja lugar 4 duda, de que la muerte provino necesariamente de la herida, por haber llegado hasta buena parte del corazon, segun lo pudo apreciar el facultativo, aunque no hiciese la autopsia del cadáver. La prueba de estos hechos es pues completa, aunque no haya visto sinó un solo testigo cuando Sancedo infirió la herida á Estigarribia, por cuanto los demás peones que declaran como testigos vieron tambien acto contínuo el cadúver de este, y pudieron apreciar de ut modo indudable que Sancedo fué el que le hirió, sin que este pretendiese negarlo en aquel acto, ni lo haya negudo despues.
2" Que no huy la misma plenitud de prueba, respecto al modo como tuvo lugar el hecho, pues solo el testigo Romualdo Bargas, asevera haber visto á una distancia como de 50 metros, que Sancedo seguía á Estigarribia, y que luego que lo alcanzó le infirió la herida, de qué murió en el acto, sin haber vistoni oido si hubo amenazas prévias.
El indio Marianito que dice, úfoja 33, que Sancedo hirió 4 Estigarribia, porque rehusaba darle la damajuana de anis, que aquel le pedía, para convidar á los compañeros, que iban ásepararse para ir al obrage de Brignole, no puede ser aceptado como un testigo mayor de toda escepcion, pues en las declaraciones de fojas 6 y 18, dice que no presenció el hecho, por haberse quedado atrás, y aunque esta contradiccion puede provenir de mala redaccion cuando declaró primeramente no habiéndosele
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Año: 1888, CSJN Fallos: 33:335 
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