CARLOS ISIDORO FERRARI
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia ordinaria. Por el territorio. Lugar del delito.
Corresponde declarar la competencia del juzgado provincial si de las constancias del expediente resulta que habría sido en territorio bonaerense donde se utilizaron las actas apócrifas, que produjeron la caducidad de la licencia de explotación que la empresa querellante tenía sobre la sala de juegos.
—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—.
DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:
La presente contienda negativa de competencia suscitada entrela Sala |V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional y el Juzgado de Garantías N ° 2 del Departamento Judicial Zárate-Campana, Provincia de Buenos Aires, se refiere a la causa donde seinvestigala querella promovida por Pedro Herman Dubcovsky, accionista de "All Game S.A.", empresa dedicada a la explotación de salas de juegos de azar, loterías y bingo.
Allí refiere que Carlos Isidoro Ferrari, accionista mayoritario a cargo del control dela firma, con la ayuda de Liliana Bocco y Claudia Bellami, habría vaciado la empresa desplazándola de la explotación del bingo de la ciudad de Zárate, para sustituirla en la concesión por "Start Game S.A.", de la que formaría parte.
Para lograr ese propósito, el primero de los nombrados habría falsificado la firma del denunciante y la de otro socio, tanto en los libros de actas de asamblea como en el libro de depósito de acciones y registrode asistencia de "All GameS.A-".
En las actas presuntamente adulteradas se aceptó la renuncia del querellante ala presidencia de la sociedad y se designó en su reemplazoa Adrián Morales, se autorizóa éste a resolver el contrato de explotación del bingo quela firma tenía con la fundación "Hospital de Zárate" y se desistió de los recursos administrativos interpuestos contra la
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Año: 2006, CSJN Fallos: 329:83
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