DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:
La presente contienda negativa de competencia finalmente trabada entre los titulares del Juzgado de Primera Instancia en lo Contravencional y de Faltas N ° 7 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 12, serefiereala causa en la que se investiga la denuncia formulada por Paula Verónica Durán.
Refiere que el 4 de mayo de este año, en momentos en que se encontraba caminando por esta ciudad, dos hombres que descendieron de una camioneta le cortaron el paso y uno de ellos la tomó del brazo y le dijo: "si sabía con quien se estaba metiendo, si sabía el nivel dela gente con la que estaba jugando". Agregó que este hecho estaría relacionado con las tareas que su marido, Kurt Frederick Sonnenfeld, habría desarrollado para el gobierno de los Estados Unidos de América, relativas a la investigación del atentado terrorista ocurrido el 11 de septiembre del año 2001 y a una persecución política por parte de las autoridades de ese país a su cónyuge. Dijo, también, que la correspondencia que le envían sus familiares nollega a destino y que los sobres que sí fueron recibidos estaban violados.
El titular del Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción que previno, en el entendimiento de que la conducta denunciada constituiría una contravención declinó su competencia en favor de lajusticia de esta ciudad (fs. 12/13).
El juez porteño, por su parte, a pedido del fiscal, se inhibió para continuar con el trámitedela causa por considerar que el hecho materia de investigación configuraría un delito y que el ejercicio de la acción penal desplaza la acción contravencional. Por ello y en atención a que antelajusticia federal tramita un proceso de extradición respecto delavíctima, pudiendo encontrarse implicadas las relaciones con potencias extranjeras y haberse afectado, según lorefiere la denunciante, el servicio público de correos, remitiólas actuaciones a conocimientode esefuero (fs. 53/54).
El magistrado federal, a su turno, no aceptó el planteo. Sostuvo que no existen razones para atribuir competencia al fuero de excep
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Año: 2006, CSJN Fallos: 329:86
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