había manifestado anteriormente, el letrado de la actora r econoce que los bonos habían sido adquiridos post—-default, y que comoresultado de las tareas de verificación realizadas previamente ala liquidación de las sumas reclamadas en autos, se detectó quelastenendas de bonos por un V.N. deUS$S 4.000.000 habían ingresado a la cuenta comitente con posterioridad al dictado de la sentencia interlocutoria; que la misma noregistraba tenencia de los títulos objeto del presente proceso entre el 01/11/2001 y el 22/11/2004; que según informe de la entidad deregistrode los títulos todos los Bontes que se encuentran en la cuenta comitente de la actora no pertenecen ala amparista Inés Yolanda Borquez, sinoa Cristina deFátima Atim y Sergio Ramón Sadir, titulares de la cuenta comitente 4292; y una más requiere el cese de la cautelar; 12. El juez Terán que proveía los escritos presentados por la actora el mismo día y resolvía la aplicación de astreintes en contra del Estado Nacional en el término de 48 horas, habiendo tomado conocimiento de conductas delictivas que estaba obligado a denunciar, después de veintidós (22) días hábiles judiciales decide dejar sin efecto la cautelar de fecha 23/12/04, y como de los términos expresados por el apoderado del Estado Nacional y de la documentación acompañada a su presentación defecha 01/07/05 podría resultar la comisión de uni ilícito, dispone remitir copias certificadas de los presentes autos ala Fiscalía Federal que por turno corresponda.
20) Por otra parte, también han sido incorporadas como prueba documental, las actuaciones preliminares N ° 044/05, "Procuración del Tesoro de la Nación s/ Denuncia en autos: "Camandona c/ Estado Nacional s/ Inconstitucionalidad", iniciadas el 3 de noviembre de 2005, como consecuencia de las conclusiones de la auditoría practicada por la Procuración del Tesoro de la Nación.
Dichas actuaciones fueron remitidas por el fiscal federal Carlos Alfredo Brito— informe del 27/9/06 (fojas 522), quien a su vez remite copia del oficio ley 22.172, en tres fojas, librado el 20/4/05 en autos "Camandona", Expediente 5826/04, advirtiendo que: "en el mismo se evidencia una irregularidad particularmente grave —tal como fue advertido por la Procuración— similar a la comprobada en los autos "Borquez, Inés Yolanda c/ Estado Nacional s/ Inconstitucionalidad", habiéndose fal seadoideológicamenteel mismoal transcribir en forma
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Año: 2006, CSJN Fallos: 329:6810
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