trate el punto federal en cuestión. Lo que así voto. Agréguese la queja al principal. Hágase saber y remítase.
CARMEN M. ARGIBAY.
Nombre del recurrente: Dr. Raúl Omar Pleé (Fiscal General ante la Cámara Nacional de Casación Penal).
Tribunal de origen: Sala III de la Cámara Nacional de Casación Penal.
Tribunales que intervinieron con anterioridad: Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Mar del Plata, Provincia de Buenos Aires.
MIGUEL ANGEL ODANO y Orra v. NACION ARGENTINA y Otros JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Competencia originaria de la Corte Suprema. Causas en que es parteuna provincia. Generalidades.
Si ninguna delas partes que pretenden litigar, o son llamadas a intervenir ante los estrados de la Corte es aforada de modo autónomo, la acumulación subjetiva de pretensiones no es un instrumento apto para sostener una competencia restringida y de excepción, que en ningún caso hubiera correspondido de haberse introducido individualmente cada una de las pretensiones.
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Competencia originaria de la Corte Suprema. Causas en que es parte una provincia. Causas civiles. Causas que versan sobre normas locales y actos de las autoridades provinciales regidas por aquellas.
Aunquela actora haya dado a su pretensión el carácter deuna mera reclamación patrimonial originada en el accidente que habría sufrido al caer del muelle dela escollera sur del Puerto de Mar del Plata, atribuyendo responsabilidad —al menos de modo concurrente- al Estado provincial por entender que, en tantole fue adjudicada la explotación y administración de los puertos, reviste el carácter de guardián de la cosa riesgosa con la que se causó el daño, esa sola circunstancia no basta para otorgar al asunto el carácter de causa civil, cuya presencia es insoslayable para que proceda la jurisdicción originaria dela Corte Suprema, pues la fundada resolución del pleito requiere la aplicación de normas de carácter local —ley provincial 11.206, que ratificó el convenio de "Transferencia de Puertos Nación Provincia".
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Año: 2006, CSJN Fallos: 329:6009
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