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Fallos: 329:5611 de la CSJN Argentina - Año: 2006

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Recurso de hecho interpuesto por la letrada apoderada del BBVA -Banco Francés S.A., Dra. Rosa Norma Moussa.

Tribunal de origen: Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Corrientes.

Tribunales que intervinieron con anterioridad: Sala 11 dela Cámara de Apelaciones Civil y Comercial de Corrientes y Juzgado Civil y Comercial N° 6deesa jurisdicción.

FONCIL S.A. v. EL TORDOS.C.A.

RECURSO DE QUEJA: Trámite.

No existe óbice para que, aun dedarada procedente la queja y suspendidos los procedimientos de ejecución, el interesado pueda ejecutar la sentencia apelada —que aplicó el principio del esfuerzo compartido respecto de los importes corr espondientes a la parte de la condena que hubiere quedado firme (art. 499, segundo párrafo, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ).


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 12 de diciembre de 2006.

Autos y Vistos; Considerando:

1°) Quela Sala F dela Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificóla decisión de primera instancia y dispuso que, por aplicación del principio del esfuerzo compartido y más allá del momento en que el deudor hubiera incurrido en mora, la deuda debía ser abonada a razón de un peso-un dólar estadounidense, más el 50 de la brecha entre un peso y el valor del dólar estadounidense en el mercado libre de cambio a la cotización de la fecha en que se practicara la liquidación. Añadió que la solución no se veía alterada por la ley 25.820 y fijó la tasa de interés en el 7,5 anual, por todo concepto.

2) Que contra ese pronunciamiento la ejecutada dedujo recurso extraordinario que, denegado, dioorigen ala presente queja. A fs. 214 este Tribunal declaró procedente el remedio federal y dispuso la sus

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Año: 2006, CSJN Fallos: 329:5611 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-329/pagina-5611

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