bunal de Justicia de la Provincia de Misiones. Hágase saber ala Cámara Federal de Apelaciones de Posadas.
ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — ELENA |. HIGHTON DE NoLAsco — CARLos
S. FAYt — Juan CARLos MAQuEDA — RICARDO Luis LORENZETTI.
OSCAR CESAR BARRIOS
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Causas penales. Delitos que obstruyen el normal funcionamiento delas instituciones nacionales.
Es competente la justicia federal para conocer en la causa donde se investiga el accidente ocurrido cuando un tren de carga embistió a un ómnibus que transportaba pasajeros —ocasionando el fallecimiento deuno de ellos y lesiones en otros—, pues a consecuencia del accidente se vio afectado el tráfico ferroviario, con la consiguiente paralización del servicio.
—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—.
DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:
La presente contienda negativa de competencia suscitada entre el Juzgado de Instrucción y Correccional y el Juzgado Federal, ambos de Paso de los Libres, Provincia de Corrientes, serefiere ala causa donde se investiga el accidente ocurrido —en la intercepción del cruce de las vías férreas de la ciudad mencionada con la ruta provincial N° 117— cuando un tren de carga de la empresa "América Latina Logística", embistió a un ómnibus que trasportaba pasajeros, evento que ocasionóel fallecimiento de uno de ellos y lesiones de diversa gravedad en otros.
El tribunal local, que conoció primero en la causa, declinó la competencia en favor de la justicia federal por considerar que el hecho habría ocasionado a efectiva paralización del servicio público de transporte de pasajeros y un perjuicio patrimonial para el estado nacional, por ser éste propietario de los ferrocarriles concesionados.
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Año: 2006, CSJN Fallos: 329:5364
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