cia. Hágase saber, agréguese la queja al principal y devuélvanse al tribunal de origen a sus efectos.
ENRIQue SANTIAGO PETRACCHI (en disidencia parcial) — ELEna |. HIGHTON
DE NoLasco (en disidencia) — CArLos S. FAYt — JUAN CARLos MAQUEDA
en disidencia parcial) — E. RAÚL ZAFFARONI — RICARDO Luis LORENZETTI — CARMEN M. ArciBav (en disidencia) — Horacio E. Prack — GABRIEL R. CAvALLo (según su voto).
VoTo DEL SEÑOR CONJUEZ GABRIEL R. CAVALLO Considerando:
Que el infrascripto coincide con el voto de la mayor ía con exclusión del considerando7.
Por ello, oído el señor Procurador Fiscal, se hace lugar a la queja, sedeclara procedente el recurso extraordinario y la nulidad dela resolución de fs. 832/834 y de los actos procesales dictados en consecuencia. Hágase saber, agréguese la queja al principal y devuélvanse al tribunal de origen a sus efectos.
GABRIEL R. CAVALLO.
DISIDENCIA PARCIAL DEL SEÑOR
PRESIDENTE DOCTOR DON ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI
Considerando:
Que la cuestión planteada en el sub lite con relación al DE bisin idem es sustancialmente análoga a la tratada en Fallos: 321:1173 (disidencia de los jueces Petracchi y Bossert), a cuyas consideraciones corresponde remitir en lo pertinente.
Que en tales condiciones resulta inoficioso pronunciarse con relación alos restantes agravios planteados por la recurrente.
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Año: 2006, CSJN Fallos: 329:4707
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