BATERPLACS.R..
v. ADMINISTRACION FEDERAL De INGRESOS PUBLICOS —D.G.I.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Sentencia definitiva. Resoluciones anteriores a la sentencia definitiva. Cuestiones de competencia.
Si bien la decisión atinente a la cuestión de competencia que supone el fuero de atracción no constituye sentencia definitiva o equiparable a tal, tal requisito se suple cuando media denegatoria del fuero federal.
—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Supr ema-.
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Cuestiones de competencia. Generalidades.
En aquellos casos donde una causa se encuentra con apelación consentida ante un tribunal de alzada, es éste quien debe intervenir en los recursos pendientes, sin perjuicio de la ulterior remisión al juez que finalmente corresponda seguir entendiendo en el proceso.
—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—.
DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:
—|-
La Sala lll dela Cámara Federal dela Seguridad Social resovióa fs. 210 declarar su incompetencia y remitir la presente causa al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de2da. Nominación dela Provincia de Salta, en virtud del fuero de atracción que ejerce el concurso preventivo de Baterplac S.R.L.
Contra dicha decisión la parte demandada —AFIP- interpuso el recurso extraordinario obrante a fs. 218/226 el que fue desestimado a fs. 232 dando lugar a esta presentación directa.
En lo que aquí interesa corresponde poner de resalto que el presentetrámitese origina en la apelación interpuesta por la actora ante la Cámara Federal de la Seguridad Social contra una resolución dela
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Año: 2006, CSJN Fallos: 329:4422
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