que el proceso corresponde a la competencia originaria de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (arts. 116 y 117 C.N..), por ser partes el Estado Nacional y una Provincia.
A fs. 51, se correvista, por la competencia, a este Ministerio Público.
— II Previo a todo corresponde señalar que no resulta prematurala declaración de incompetencia que efectuó oportunamente —a mi juicio- el Juez Federal afs. 43.
En efecto, ello es así en virtud de los fundamentos expuestos en el dictamen dela fechain reA. 373, XLI1, Originario "A.F.I.P.c/ Neuquén, Provincia del s/ ejecución fiscal", alos que meremito brevitatis causae.
— 1 Por otra parte, cabe recordar que corresponden a la competencia originaria de la Corteratione personae los casos en que son demandados una Provincia y el Estado Nacional, dado que esa es la única forma de conciliar lo preceptuado por el art. 117 de la Constitución Nacional respecto de las provincias, con la prerrogativa jurisdiccional que leasistea la Nación al fuerofederal, sobrela base de lo dispuesto en el art. 116 de la Ley Fundamental (confr. doctrina de Fallos: 312:389 y 1875; 313:98 y 551; 317:746 ; 320:2567 ; 322:702 y 1110, entre otros).
Pero, a tal fin, tanto la Provincia como la Nación deben ser parte en el pleito no sólo en sentido nominal, sino también sustancial, pues lo contrario importaría dejar librado al resorte de los litigantes la determinación dela competencia originaria dela Corte (Fallos: 323:2982 ), la cual, por ser deraigambre constitucional, estaxativa einsusceptible de extenderse a otros casos no previstos (Fallos: 312:640 ; 318:1361 ; 322:813 ).
En el sublite, de los términos de la demanda —a cuya exposición de los hechos se debe atender de modo principal para determinar la competencia, de conformidad con el art. 4 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y doctrina de Fallos: 322:2370 ; 323:1217 -, y de las constancias obrantes en el expediente, se desprende que dichos Planes "Trabajar" son otorgados y pagados por el Estado Nacional (v.
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Año: 2006, CSJN Fallos: 329:4377
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