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Fallos: 329:3968 de la CSJN Argentina - Año: 2006

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CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Defensa en juicio. Procedimiento y sentencia.

La decisión que tuvo por decaído un acto de la trascendencia que tiene el recurso de apelación por no haberse cumplidola carga de agregar una copia del traslado que tenía por destinatario al codemandado —en el caso del Estado Nacional la copia para el SENASA y, en el supuesto del SENASA, la copia para el Estado Nacional—, carece de todo fundamento, eimporta un menoscabo directo del derecho de defensa en juicio del apelante y, consecuentemente, de la verdad jurídica objetiva, cuya necesaria primacía es acorde con el adecuado servicio de justicia Disidencia parcial delasDras. Elena |.Highton de Ndascoy Carmen M. Argibay).

CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Defensa en juicio. Procedimiento y sentencia.

Con el fin de otorgar debida tutela a la garantía de la defensa en juicio (art. 18 de la Constitución Nacional) el tribunal de apelación tiene con respecto a las pretensiones y oposiciones oportunamente introducidas la misma competencia que corresponde al juez de primera instancia (Disidencia parcial de las Dras. Elena |. Highton de Nolasco y Carmen M. Argibay).

DAÑOS Y PERJUICIOS: Responsabilidad del Estado. Generalidades.

Corresponde rechazar la demanda de daños y perjuicios que se limita a atribuir responsabilidad a los demandados que —según sostiene no han ejercido correctamente el poder de pdlicía sanitario que les competía, sin especificar cuáles eran las medidas que, de haber sido adoptadas, hubieran evitado los perjuicios Disidencia parcial delas Dras. Elenal. Highton de Ndascoy Carmen M. Argibay).

DAÑOS Y PERJUICIOS: Responsabilidad del Estado. Generalidades.

En los casos de conducta antijurídica por omisión, sólo le puede caber responsabilidad al Estado Nacional si incumplió el deber legal que le imponía obstar el eventolesivo, máxime cuando una conclusión contraria llevaría al extremo —por cierto absurdo- de convertir al Estado en un ente asegurador de todo hecho daÑoso que se cometiera (Disidencia parcial de las Dras. Elenal.Highton deNolasco y Carmen M. Argibay).


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 26 de septiembre de 2006.

Vistos los autos: "Friar S.A. d/ Estado Nacional — Ministerio de Economía Obras y Servicios Públicos — Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca y S.E.N.A.S.A. s/ daños y perjuicios (ordinario)".

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Año: 2006, CSJN Fallos: 329:3968 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-329/pagina-3968

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