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Fallos: 329:3931 de la CSJN Argentina - Año: 2006

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GOBIERNO ve LA CIUDAD ve BUENOS AIRES
v. TRANSPORTES AUTOMOTORESLA ESTRELLA S.A.

JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia ordinaria. Por la materia. Cuestiones civiles y comerciales. Quiebra. Fuero de atracción.

Si no se dictó sentencia y, al tratarse de una ejecución fiscal, el juicio no se encuentra comprendido en las excepciones previstas en el art. 21 de la ley 24.522 texto según ley 26.086), procede el fuero de atracción contemplado en el primer párrafo de dicho cuerpo legal.

—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—.


DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:

El señor juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo y TributarioN 4 dela Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y el magistrado a cargo del Juzgado Nacional en lo Comercial N 8, discrepan en torno ala competencia para entender en la presente causa (v. fs. 71 y 76).

En tales condiciones, se suscita una contienda jurisdiccional que corresponde resolver a V.E. de conformidad con lo dispuesto por el artículo 24, inciso 7 del decreto-ley 1285/58, texto según ley 21.708.

Cabe advertir que no surge de las actuaciones que se haya dictado sentencia, y toda vez que se trata el presente juicio de una ejecución fiscal, no se encuentra comprendido en las excepciones previstas en el art. 21 delaley 24.522 (texto según ley 26.086), entiendo que procede el fuero de atracción contemplado en el primer párrafo de dicho cuerpo legal.

Por lo expuesto, opino que la presente causa deberá seguir su trámite en el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N 8.Buenos Aires, 26 de juniode2006. Marta A. Beiróde Goncalvez.

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Año: 2006, CSJN Fallos: 329:3931 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-329/pagina-3931

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