DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:
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El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por mayoría, declaró inadmisible el recurso extraordinario deducido por el delegado sindical demandado, con fundamento en que la decisión atacada no constituye sentencia definitiva en los términos del artículo 14 de la ley N ° 48 (fs. 102/106).
Contra dicha decisión, viene en queja el delegado, por razones que, en suma, reproducen las expuestas en el remedio principal. Critica la falta de sostén de la denegatoria (fs. 108/127).
— II El Tribunal Superior, por mayoría, declaró mal concedido el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el impugnante contra la decisión dela Cámara de Apelaciones en lo Contencioso — Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires que confirmó la decisión de la anterior instancia que, por juzgarse competente, dio cursoa un planteo cautelar enmarcado en la exclusión de tutela gremial prevista en el artículo 52 de la ley N ° 23.551. Para así decidir, en suma, consideró que la objetada no constituye una resolución definitiva fs. 73/80).
Contra dicha decisión, el demandado dedujo recurso extraordinario (fs. 82/101), que fue contestado (fs. 130/134) y denegado -lo reitero-afs. 102/106, dando origen a esta queja.
— 1 En síntesis, la recurrente arguye que la sentencia es arbitraria y que incurre en un claro supuesto de gravedad institucional, pues, al mantener, en definitiva, la competencia de la justicia local para entender en la exclusión de la tutela gremial de que goza el demandado, compromete en modo de imposible o insuficiente reparación ulterior
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Año: 2006, CSJN Fallos: 329:3123
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